Fallo de la Corte restringe mandato de la MACCIH: Juan Jiménez
La OEA debiera defender su posición jurídica, luego del fallo de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema respecto a la Misión de Apoyo Contra la Corrupción y la Impunidad en Honduras (MACCIH) que restringe su ámbito de acción.
Es lo que manifestó el jurista y ex vocero de la MACCIH, Juan Jiménez Mayor quien recordó que el fallo ordena revisar el Mecanismo Interinstitucional acordado con el Ministerio Público en enero de 2017.
El ex funcionario de la OEA que lideró la MACCIH, dijo que la sentencia “no declara inconstitucional la Ley y Convenio constitutivo de MACCIH, pero establece una ÚNICA forma de aplicación (en doctrina se llama a este mecanismo interpretación conforme a la Constitución). Con ello salvan la norma, pero restringen su ámbito”.
Agrega que el fallo “obliga al Fiscal General a adecuar la norma de creación y competencias de UFECIC con dicha interpretación, restringiendo mandato de la MACCIH. La interpretación parte de un supuesto inexistente pues UFECIC no delega funciones constitucionales a MACCIH. Fiscal investiga, denuncia, acusa”.
Jiménez afirma que el fallo también afecta las competencias de MACCIH en los procesos de certificación de jueces y fiscales y para el trabajo integrado de investigación en donde coopera con expertos internacionales con el Fiscal en casos de corrupción.
A su criterio el error del fallo de la Sala es que la MACCIH no reemplaza ni sustituye al fiscal, sino que colabora.
“Sentencia obvia la Convención de Viena (fallo judicial no solo interpreta una Ley sino un Tratado). El artículo XV del Convenio constitutivo de MACCIH establece que cualquier controversia de interpretación debe ser resuelta de modo conjunto. Se incumple Convenio MACCIH”, afirma el jurista.
Finalmente el fallo establece que la MACCIH no podrá certificar, evaluar y supervisar en asuntos concretos sino abstractos, ante lo que Jimenez se pregunta ¿por que? no puede referirse a hechos o casos concretos de corrupción sometidos a la justicia, no puede criticar resoluciones judiciales.

