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OACNUDH pide al Estado investigar 184 desapariciones de 1980 a 1993

En el Día Internacional de las Víctimas de Desapariciones Forzadas, la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACNUDH) en Honduras considera central la adopción de una política institucional que priorice la investigación de las desapariciones acaecidas en el período de 1980-1993.

Durante ese período se contabilizaron aproximadamente 184 casos de personas desaparecidas, según el Informe del Comisionado Nacional de los Derechos Humanos (CONADEH), por lo que la Oficina considera importante que el Estado intensifique sus esfuerzos para asegurar que se investiguen todos los casos de desapariciones forzadas de manera pronta, exhaustiva e imparcial y que los responsables sean enjuiciados.

La OACNUDH Honduras reconoce los avances normativos del Estado en la ratificación de la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas Contra las Desapariciones Forzadas y considera positivo que se haya tipificado el delito de desaparición forzada como un delito autónomo desde el año 2012 e incluido como delito de lesa humanidad en el actual Proyecto de Código Penal.

La Oficina también valora la creación de una unidad especial en la Fiscalía Especial de Derechos Humanos para la investigación y persecución de casos de desapariciones forzadas representa un avance significativo.

Vea también: ONU llama a gobiernos abrir archivos militares para ayudar a localizar desaparecidos.

Sin embargo, OACNUDH Honduras considera preocupante que en el 2016, “el Ministerio Público reporta 54 denuncias de desapariciones a nivel nacional. Todos estos casos se encuentran en investigación y por lo tanto no se ha podido determinar con certeza la identidad y condición de los presuntos autores”.

Asimismo, OACNUDH Honduras comparte el señalamiento del Comité de Derechos Humanos en sus Observaciones Finales al Estado de Honduras de 2017, en el cual expresa su preocupación por “la impunidad de dichos presuntos crímenes, incluyendo las alegaciones que relacionan la impunidad con la corrupción en las fuerzas del orden”.

La OACNUDH Honduras insiste en que la persecución penal de las desapariciones forzadas puede ser ejercida en cualquier momento sin limitaciones de tiempo en virtud de la imprescriptibilidad de dicho delito y subraya la obligación permanente del Estado de investigar y enjuiciar a las personas responsables, así como en poner en marcha el Programa Nacional de Reparaciones establecido mediante el decreto ejecutivo PCM-028-2008.

En los casos de violaciones manifiestas de los derechos humanos como son las desapariciones forzadas, la Representante de País de OACNUDH Honduras, María Soledad Pazo, resaltó el derecho de las víctimas y sus familiares a la verdad.

“El derecho a la verdad entraña tener un conocimiento pleno y completo de los actos que se produjeron, las personas que participaron en ellos y las circunstancias específicas, en particular de las violaciones perpetradas y su motivación. Es prohibido olvidar. A la luz de sus obligaciones internacionales, el Estado debe buscar a las personas desaparecidas y garantizar que las víctimas reciban reparación integral y sepan la verdad”, apuntó la representante.

La oficina reiteró su disposición total para brindar la asistencia técnica que contribuya a recopilar eficientemente los datos estadísticos sobre estos casos, fortalecer la investigación, persecución y sanción de estas graves violaciones de derechos humanos y acompañar al Estado en su compromiso por poner un fin a las desapariciones forzadas en el territorio nacional.

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