15 a 20 años de prisión le caerían al ex ministro de Trabajo
El Ministerio Público, a través de sus agentes de tribunales presentó en las últimas horas nuevas acciones penales tras concluir otras líneas de investigación en el caso “Seguro Social”, en esta oportunidad por los delitos de Lavado de Activos y Cohecho Pasivo Impropio en contra de los ex Sub Secretarios de Estado, de Trabajo y Salud Pública, Carlos Montes Rodríguez y Javier Pastor Vásquez respectivamente, quienes fungieron como miembros de la Junta Directiva del IHSS, así mismo contra el ex Director del Seguro Social Mario Zelaya.
La Fiscalía hizo del conocimiento del Juzgado con Jurisdicción Nacional el Requerimiento Fiscal, en el cual fundamenta en que acusados exigieron a una empresa privada el pago de “beneficios” (coimas) por la agilización en la tramitación de pagos a los representantes de dicha empresa por los contratos que en su momento suscribieron con el IHSS para la adquisición de bienes o prestación de servicios.
Los fiscales solicitaron al Juez competente que librara las órdenes de captura, alertas migratorias y la práctica de allanamientos en diferentes lugares del país. En este sentido, con el apoyo de la Fuerza de Seguridad Interinstitucional (FUSINA) se procedió a hacer efectivas la captura del señor Carlos Montes, hasta el momento.
Los imputados fueron parte del Comité de Inversiones y de Seguimiento de Cumplimiento de Contrato del lHSS, instancia en la cual, se tomaba la decisión de priorizar pagos, condición que, supuestamente fue aprovechada por los procesados para obtener ventajas económicas ilegales, las cuales una vez obtenidas eran ocultadas para disimular su procedencia ilícita y darle apariencia de legalidad una vez incorporadas al sistema financiero a través de cheques y transferencias que les fueron librados y enviadas a nombres de terceras personas.
La pena que podria caer a los imputados es de 15 a 20 años por el delito de Lavado de Activos, mientras que por el de Cohecho Pasivo Impropio es de 1 a 4 años.

Por el primer delito no se admite la aplicación de medidas sustitutivas a la prisión preventiva.