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IAIP ordena entregar información al presidente del Instituto de Previsión del Periodista

Tegucigalpa.- El Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP) emplazó al presidente del Instituto de Previsión del Periodista (IPP), Eduin Romero García, para que en el término de cinco días entregue la información que le ha sido demandada por uno de los afiliados.

En una audiencia pública celebrada en el IAIP, la comisionada presidenta, Doris Imelda Madrid, leyó la resolución del instituto mediante la cual se declara con lugar el recurso de revisión interpuesto meses atrás por el periodista Boanerges Gustavo Palencia ante la negativa sistemática de los directivos del IPP a proporcionar información de tipo admnistrativo y financiero.

Eduin Romero García deberá entregar, a través de la secretaría del IAIP, los dos últimos estudios actuariales del IPP, los informes de las dos últimas auditorías, las actas del comité de inversiones, el acta de la sesión en la que se autoriza al presidente del IPP a suscribir un contrato con una administradora privada de fondos de pensiones, hasta completar 12 requerimientos de información.

El IAIP resolvió también abrir de oficio el correspondiente expendiente sancionatorio, por lo que de conformidad al reglamento de sanciones por infracciones a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, se procedió a citar al periodista Eduin Romero García a una audiencia pública el 16 de diciembre para la presentación de justificaciones y pruebas.

Romero, luego de conocer la resolución, alegó en declaraciones a los periodistas que toda la información demandada está disponible en la página web del IPP, aunque no explicó el porqué, entonces, el IAIP lo está emplazando a entregar la información.

Previo a la resolución, el presidente del IPP envió a los funcionarios del IAIP una nota en la que justificó su negativa a la transparencia informativa citando una interpretación de la ley de creación del IPP que lo exime de la fiscalización, vigilancia y supervisión de los entes contralores del Estado.

Con el propósito de evitar la fiscalización del Estado, como lo manda la nueva normativa en materia de previsión social, los directivos, liderados por Romero García, han llegado incluso a desistir de cobrar la aportación estatal establecida en la ley del IPP.

Según Romero, el desistir de la contribución estatal no debe interpretarse que es para evitar la supervisión porque ” tenemos órganos de supervisión, quien mas que los periodistas supervisando a los periodistas, o sea, somos drásticos nosotros los periodistas”.

En realidad, la ley del IPP sólo establece como estructura orgánica una junta directiva y un gerente. No existe el nivel de control de una asamblea de afiliados a la que se rinda cuentas. El IPP es el único ente de previsión social que ha operado desde 1987 sin haber sido supervisado en su gestión administrativa y financiera.

En el año 2000, cuando era presidente de Honduras Carlos Flores Facussé, el Congreso Nacional presidido por Rafael Pineda Ponce aprobó una interpretación de la ley del IPP en el sentido de que “no le son aplicables las normas contenidas en las leyes de la República en cuanto a control, supervisión y vigilancia de sus operaciones financieras.(Fuente periodistasporlatransparencia.com).

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