LA TELEFONÍA MÓVIL SE BURLA DE LAS LEYES
Por Mario E. Fumero
¿Por qué afirmo que la telefonía móvil se burla de la ley? Porque el 6 de agosto de 2024, el Congreso Nacional de Honduras aprobó una reforma a la Ley de Protección al Consumidor en la que se prohíbe a las empresas de telefonía móvil y fija, internet y televisión por cable cobrar o redactar contratos en una moneda distinta al lempira, la cual es la moneda nacional. Dicha ley fue aprobada por unanimidad mediante el Decreto 75-2024 y sancionada por el Poder Ejecutivo con su publicación en el diario oficial La Gaceta el 26 de octubre de 2024, fecha en que entró en vigencia.
Sin embargo, estas compañías se han burlado del Congreso y de las leyes, pues aunque formalizan el contrato en lempiras, a la hora de efectuar el cobro lo hacen según la tarifa al tipo de cambio del dólar. ¿No es esto una burla? Por ejemplo, si se pacta un contrato por un servicio a 714 lempiras mensuales (incluyendo el descuento de la cuarta edad), cada mes la factura aumenta según la fluctuación del dólar, lo que evidencia que se sigue pagando en dólares aunque lo disfrazan en la moneda nacional.
Esta burla de las compañías telefónicas hacia las leyes pasa desapercibida porque poseen el poder económico suficiente para influir en medios de comunicación, diputados y altas esferas del Gobierno para hacer lo que les da la gana. Mientras tanto, las autoridades no aplican la ley, ya sea por contubernio, sobornos o pura indiferencia.
¿Quién debe poner orden para frenar este abuso? En el caso de las empresas de telefonía móvil, la responsabilidad recae en Conatel, aunque también le compete a la Fiscalía del Consumidor, al propio Congreso que aprobó la ley y, en última instancia, al sistema judicial.
No sé si esto solo me ocurre a mí, pero todos los usuarios que tienen contratos con empresas de telefonía móvil o sistemas de internet deberían revisar sus facturas para verificar si la tarifa obedece al monto pactado en el contrato original. Si la ley prohíbe el cobro en dólares, las facturas deben mantenerse fijas en lempiras conforme a lo firmado, e incluso se debería establecer un periodo reglamentario en el que dicha cifra no se altere, evitando así una burla al sistema jurídico del país.

A continuación, muestro los cobros que me han realizado en los últimos seis meses, en los cuales se aprecia que, a pesar de que el contrato se estableció en una cuota de 714.00 lempiras hace un año, el monto a pagar ha fluctuado y en los últimos seis meses paso de 744 a 894 lempiras, lo que evidencia que continúan aplicando la tarifa en dólares.

