Libertad de expresiónNacionales

CPH interpondrá recurso de inconstitucionalidad contra artículos 335-b

El Colegio de Periodistas de Honduras (CPH), pidió este lunes a los diputados del Congreso Nacional que procedan a la inmediata derogación del articulo 335-8 para cerrar este capítulo.

El CPH a su vez anunció su determinación de acudir a la Corte Suprema de Justicia (CSJ) a interponer recurso para que sea este poder del Estado el que resuelva, conforme a derecho, en caso que el Congreso Nacional no derogue el artícqu 335-b.

En un comunicado, el CPH establece que luego de un amplio análisis y proceso de consultas con el gremio, también con expertos en derecho constitucional, derecho penal, ex magistrados de la CSJ y el Comisionado Nacional de los Derechos Humanos (Conadeh), se concluye y ratifica que eL artículo 335-8 violenta garantías constitucionales, especialmente aquellas que garantizan la libre expresión y emisión del pensamiento.

"Concretamente dicho apartado transgrede los artículos 72 y 74 de la Constitución
de la República, artículos 13 y 29 de la Convención Americana de Derechos
Humanos que se refiere a la Libertad de Pensamiento y Expresión, artículo 2 de la
Ley de Emisión del Pensamiento y otras disposiciones internacionales en materia
de derechos humanos de las cuales el Estado de Honduras es suscriptor", afirma el boletín.

El CPH afirma que la aprobación del artículo 335-b es ilegal porque no siguió el procedimiento que establece el articulo 219 de la Constitución de la República que literalmente reza que “siempre que un proyecto de ley que no proceda de iniciativa de la Corte Suprema de Justicia, tenga por objeto reformar o derogar cualquiera de las disposiciones contenidas en los Códigos de la República, no podrá discutirse sin oír la opinión de aquel tribunal".

Agrega que una reforma o elaboración de una nueva redacción del artículo 335-8 sería improcedente en vista que aun cuando se le hicieran los cambios pertinentes, en su esencia dicho articulado seguiría siendo violatorio a la libertad de expresión que garantiza nuestra Carta Fundamental.

Por tanto, el CPH como ente colegiado y por unanimidad de los miembros de su actual junta directiva resuelve abstenerse de participar en la modificación o redacción de un nuevo artículo que en su fondo es atentatorio a principios y garantias consignadas en la Constitución de la República.

Ratifica que la libertad de expresión es un principio y un derecho inviolable e inherente a todo ser humano que no puede ser conculcado u objeto de ninguna negociación.

Finalmente el CPH invitó a periodistas y medios de comunicación a retomar el
Acuerdo Nacional por la Promoción de una Cultura de Paz y Libertad de Expresión,
con el cual se busca mejorar la calidad de los contenidos informativos, sin la
intromisión directa o indirecta del Estado, el cual se firmó en abril de 2014.

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