CorteIDH condena a Honduras por remoción de jueces
San José.- La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) condenó al Estado hondureño por la destitución de cuatro jueces durante el golpe de Estado contra el exmandatario Manuel Zelaya, en 2009, y ordenó la restitución de tres de ellos.
La sentencia de la CorteIDH señala que "durante esta situación de ilegitimidad internacional del gobierno de facto se iniciaron procesos disciplinarios contra las víctimas, por conductas que, en el fondo, constituían actuaciones en contra del golpe de Estado y favor del Estado de Derecho y la democracia”.
Los demandantes fueron la magistrada Tirza del Carmen Flores Lanza, y los jueces Adán Guillermo López Lone (esposo de Flores Lanza), Luis Alonso Chévez de la Rocha y Ramón Enrique Barrios Maldonado.
La CorteIDH, ordenó al Estado hondureño la restitución de López Lone, Chévez de la Rocha y Flores Lanza. Barrios Maldonado ya había sido restituido en el año 2011 por la Corte Suprema de Honduras (CSJ).
La resolución de la CorteIDH ordena que los jueces deben retornar a cargos “similares a los que desempeñaban al momento de los hechos, con la misma remuneración, beneficios sociales y rango equiparables a los que les correspondería a la fecha si hubiesen sido reincorporados en su momento”.
Estos juristas formaban parte de la Asociación de Jueces por la Democracia, la cual publicó diversos comunicados calificando los hechos como un golpe de Estado en contradicción con la versión oficial de la CSJ, la cual sustentaba que se trató de una sucesión constitucional.
El fallo de la CorteIDH, que tiene su sede en Costa Rica, afirma que al ser destituidos por su oposición, fueron vulnerados los derechos de los jueces a la libertad de expresión, de reunión y de asociación, así como sus derechos políticos.
Indica que la Corte reconoce la relación existente entre los derechos políticos, la libertad de expresión, el derecho de reunión y la libertad de asociación, y que estos derechos, en conjunto, hacen posible el juego democrático. "En situaciones de ruptura institucional, tras un golpe de Estado, la relación entre estos derechos resulta aún más manifiesta”.
La CorteIDH concluye que "la destitución arbitraria de jueces, especialmente jueces de carrera sin faltas disciplinarias previas, por sus actuaciones en contra del golpe de Estado y la actuación de la Corte Suprema respecto del mismo, como ocurrió en el presente caso, constituye un atentado contra la independencia judicial y afecta el orden democrático”.

