Derechos HumanosNacionales

Por explotación de empleados condenan a dueños de restaurante

Los tribunales condenaron a los propietarios del restaurante Típicos de la Costa, María Margarita Flores y Martín Rolando Izaguirre Chacón por el delito de explotación en condiciones de servidumbre en perjuicio de más de 30 víctimas.

Asimismo, se sentenció al funcionario de la Secretaría de Trabajo y Seguridad Social, Dennis Edgardo Castillo, por el delito de revelación de secretos en perjuicio de la administración pública.

La denuncia fue interpuesta, a inicios de 2021, por una organización no gubernamental, en donde se establecía que casi 50 personas entre adultos y menores de edad estaban siendo explotados en varios restaurantes de la capital.

Según la investigación estos ciudadanos eran traídos del interior del país aprovechándose de su vulnerabilidad y necesidad haciéndolos trabajar sin sin Seguro Social ni vacaciones y pagándoles sueldos miserables.

Además, la investigación reveló que la mayoría de estas personas eran obligadas a vivir en condiciones infrahumanas, en cuartos con literas donde tenían que compartir dos personas una misma cama y bajo amenazas, todo lo anterior en confabulación con algunas autoridades, quienes se volvieron cómplices de estos delitos.

Muchas de estas personas que están siendo explotadas no se dan cuenta de los abusos a los que son sometidos por la necesidad en que se encuentran y el bajo nivel de escolaridad.

La Ley Contra la Trata de Personas en su modalidad de esclavitud y servidumbre establece como el estado de dependencia o sometimiento de la voluntad en el que la persona victimaria por cualquier medio induce, obliga o condiciona a la víctima a realizar actos, trabajos o prestar servicios, con atributos del derecho de propiedad sobre el individuo.

Las penas impuestas por un juez a los empresarios María Margarita Flores y Martín Rolando Izaguirre Chacón fue de cuatro años seis meses de reclusión y al exfuncionario Dennis Edgardo Castillo fue de un año seis meses de reclusión.

La condena de los tribunales capitalinos fue decretada vía procedimiento abreviado, es decir que los encausados aceptaron la responsabilidad penal imputada.

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